JUICIOS DE LA VERDAD Y LA DESMEMORIA TAMBIEN EN MENDOZA
No sabe, no contesta

En la primera audiencia declaró como testigo el jefe de la Brigada de Infantería, general Mario Chretien, quien nunca oyó hablar de desaparecidos, centros clandestinos, torturas ni actividades ilegales ni encontró documento alguno.

General de brigada
Mario Chretien.

Por Horacio Verbitsky

Todavía bajo el impacto nacional e internacional de la declaración de nulidad de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida, la Cámara Federal de Mendoza inició ayer las audiencias en el Juicio por la Verdad y tomó declaración como testigo al jefe de la Brigada de Infantería de Montaña VIII, general de brigada Mario Chretien. En estos juicios se procura determinar el destino de las personas desaparecidas durante la dictadura militar, en cumplimiento de obligaciones internacionales de la Argentina. Comenzaron en la Capital y luego se fueron extendiendo a La Plata, Córdoba, Bahía Blanca, Santa Fe, Mar del Plata, San Martín, Tucumán y ahora Mendoza. Chretien fue instructor en el Colegio Militar de la Nación entre 1976 y 1978, y como capitán estuvo destinado en el Regimiento de Infantería de Montaña 16 de Uspallata de 1979 a 1980 y en la Escuela Superior de Guerra de 1981 a 1983. Durante esos siete años dijo que nunca tuvo conocimiento de la existencia de actividades ilegales, centros clandestinos de detención o personas desaparecidas. Tampoco vio elementos de tortura, ni supo que se hubieran ordenado interrogatorios bajo tortura. La falta de colaboración castrense para el esclarecimiento de los hechos ha sido una constante en todos los juicios de la verdad. El Jefe de Estado Mayor del Ejército Ricardo Brinzoni brindó su respaldo a los oficiales y suboficiales que en Bahía Blanca y Córdoba incluso se negaron a declarar. En esos casos se trataba de retirados que habían participado en los hechos investigados, a diferencia de Chretien, quien no fue acusado de nada.
El presidente del tribunal, Luis Francisco Miret, dijo a la prensa que en su jurisdicción no se había recibido ninguna solicitud de nulidad de las leyes que impidieron la continuación de los juicios penales iniciados en 1984. “En ese caso deberíamos estudiar si somos competentes”, dijo. Chretien, quien antes de ascender a general fue secretario asistente del ex Jefe de Estado Mayor Martín Balza, recorrió en un auto de la Cámara Federal las dos cuadras que separan a la Brigada de los Tribunales, juró decir la verdad y prestó declaración a la chilena: a puertas cerradas y con una custodia de la policía federal. El abogado Pablo Salinas, del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos de Mendoza, quien representa a los familiares de dos docenas de víctimas, sostuvo que Chretien “no aportó nada interesante para la causa, a la mayoría de las preguntas dijo que desconocía lo que sucedió en la Brigada y que todas las órdenes y circulares de ese período fueron incineradas”. Agregó que la Cámara no le había preguntado “si había personal del Ejército en actividad o con destino actual en la brigada que hubiera participado en la desaparición forzada de personas”. Según Salinas “no se lo citó porque hubiera participado en alguna actividad ilegal sino como general de la brigada en la actualidad. También se le preguntó si vio, escuchó, o habló en alguna reunión con algunos oficiales sobre actividades de este tipo y dijo no tener conocimiento”.
Además de Miret y de los camaristas Otilio Romano, Antonio Endeiza, Julio Petra y Carlos Pereyra González, participaron de la audiencia el defensor oficial Héctor Cortez y la fiscal de Cámara Susana Balmaceda. El abogado Salinas se manifestó “sorprendido” por “la notificación de un día para otro de esta audiencia. Esta es la primera citación por lo tanto se puede considerar que se han abierto los procedimientos por el juicio por la verdad en Mendoza. Al general se le adelantaron las preguntas que le iban a realizar y el podía elegir presentarse o responder por escrito”, agregó. El presidente de la Cámara dijo que apreciaba la presentación personal como un “gesto, un modo de colaborar en este proceso”. El contenido de las respuestas no corrobora esta apreciación sobre un aspecto meramente formal. Según Miret “el tribunal está tratando de hacer lo posible para encontrar los cuerpos de las personas detenidas que luego pasaron a ser desaparecidas”, definición más bien restrictiva del objeto de los Juicios de la Verdad. Respecto de documentación sobre la época, Chretien dijo que los reglamentos ordenan incinerar todas las circulares cada cinco años y que él los ha cumplido. Agregó que tampoco existen inventarios o listados del material quemado. En cambio sí presentó documentos según los cuales en dos inspecciones ordenadas por el Estado Mayor del Ejército se comprobó que en la Brigada no existía ningún libro, registro, anotación, o documento alguno que se refiera a personas detenidas desaparecidas. La última fue el año pasado.
“Lamentablemente como fuente de información el señor general (sic) no pudo decirnos mucho, porque no ha tenido actuación por una cuestión de edad y de grado en aquella época triste de la llamada lucha antisubversiva o llamada también terrorismo de estado. El no tuvo ninguna participación según nos ha dicho bajo fe de juramento”, explicó el camarista Miret. Pese a ello se declaró “satisfecho con las respuestas del general porque declaró bajo fe de juramento y aportó lo que él sabe. Yo creo que contestó con veracidad pero es muy poca la información que nos puede traer respecto de cosas de las que él no ha sido testigo”. Miret explicó que prevén realizar muchas audiencias testimoniales, citando a las personas que soliciten “las partes intervinientes”, para averiguar “el destino de estas personas llamadas desaparecidos. No sé a qué vamos a llegar pero, vamos a tratar de obtener la verdad de lo sucedido”. Cuando le preguntaron por qué la audiencia se había producido a puertas cerradas dijo que no habían recibido ningún pedido para que fuera pública o abierta a los medios de comunicación. “En lo posible no queremos que los militares sean sometidos a una penuria o a algo desagradable cuando vengan a declarar para que nos digan lo que saben.”
–¿A qué se refiere?
–A un escrache –contestó Miret.
El señor general se retiró por el ascensor de los magistrados hasta el garage donde lo aguardaba su coche y volvió a la sede de su Comando sin formular declaraciones.

(Informe: Emilio Vera Da Souza)

 


 

“Ferviente apoyo” a Cavallo

La decisión del juez federal Gabriel Cavallo de declarar nulas, inválidas e inconstitucionales las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida merecerá el “ferviente apoyo” del Senado de la Nación si el cuerpo aprueba un proyecto de declaración presentado por el riojano Jorge Raúl Yoma. “Con esta decisión se rescata el principio de la universalidad en la persecución penal de los delitos de lesa humanidad; se aporta una dosis de aire fresco a la Justicia argentina, al descorrer el manto de olvido establecido por esas leyes y se afianza el sistema democrático, el cual no puede crecer sobre la impunidad de crímenes aberrantes.” Ya se había pronunciado en respaldo de la decisión de Cavallo el presidente del bloque de diputados nacionales del PJ, Humberto Roggero. El justicialismo fue la fuerza política más perseguida por la dictadura militar.
Las leyes de impunidad fueron derogadas en marzo de 1998 por consenso entre el PJ y la Alianza. Según Yoma, se cumplió entonces con un deber moral pero sin establecer mecanismos para que se reanudaran los juicios interrumpidos. “Con sentencias como ésta”, agrega, “la Justicia argentina le ha ganado al parlamento en el camino de dar respuesta al reclamo social de poner fin a las situaciones de olvido e impunidad construidas al amparo de la legislación cuestionada.” Esas leyes violaron el artículo 29 de la Constitución Nacional y por lo tanto están “viciadas de nulidad absoluta en su origen. Con la consagración del derecho penal internacional, la mayoría de los estados ha entendido que determinadas conductas, por su gravedad y carácter lesivo de los derechos de la humanidad en su conjunto, revisten una criminalidad sin fronteras cuya punición no puede quedar sujeta a la ley penal del lugar en que se realizaron. El derecho de gentes se ha consolidado con el fin de evitar la impunidad de hechos llevados a cabo por el poder estatal o con su consentimiento, circunstancias en que el orden legal local podía ser modificado a fin de que tal proceder se encontrare amparado por las leyes. Compartimos pues, que el ius cogens establece una responsabilidad penal individual que puede surgir no sólo de normas de carácter interno sino también de reglas imperativas para la comunidad internacional”, concluye el proyecto de Yoma.